Cambios para Empleados en el Impuesto Sobre la Renta 2026: Decreto 13-2026



El 15 de mayo de 2026 fue publicado en el Diario de Centro América el Decreto Número 13-2026, que reforma el Decreto 10-2012, Ley de Actualización Tributaria, en materia de Impuesto Sobre la Renta para rentas del trabajo.

La reforma se establece tres puntos:

  1. Modificación de la deducción aplicable a empleados para el año 2027,
  2. Incorporación de una regla de actualización automática; y
  3. Ajuste al procedimiento de retención que deben realizar los patronos para el año 2026.

Antes de esta reforma, el artículo 72 del Decreto 10-2012 permitía deducir hasta Q48,000 por gastos personales sin comprobación.

Con el Decreto 13-2026, la literal a) del artículo 72 cambia su estructura. Ahora la deducción sin comprobación pasa a calcularse en doce salarios mínimos mensuales vigentes para actividades no agrícolas, incluyendo la bonificación incentivo. Por ejemplo para el año 2026 la deducción máxima por este concepto sería de Q51,027.48 (Q4,252.29 X12). Se debe tener presente que este proceso de cálculo aplicará para el periodo fiscal 2027.

Además, se mantiene la deducción del gasto de Q12,000 por IVA pagado en gastos personales, siempre que el trabajador presente la planilla con el detalle de facturas, sujeta a verificación por parte de la Administración Tributaria.

El decreto también adiciona el artículo 72 Bis, denominado “Actualización automática”. Esta disposición establece que el monto de deducción previsto en la literal a) del artículo 72 se actualizará el 1 de enero de cada año, cuando el Organismo Ejecutivo modifique el salario mínimo. La Administración Tributaria deberá publicar los valores actualizados y actualizar los formularios de retención y liquidación.

El tercer cambio incorpora una disposición transitoria para el período 2026: una deducción extraordinaria adicional de Q3,024, aplicable a las rentas del trabajo obtenidas del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026. Esta deducción no requiere comprobación y debe considerarse en la proyección anual que realiza el patrono. Esto quiere decir que la deducción única para el año 2026 sería de Q51,024 a partir de junio 2026.

Desde el punto de vista práctico, el cambio obliga a las empresas a revisar sus sistemas de nómina, parámetros de ISR, proyecciones anuales y conciliaciones de retenciones. El período de liquidación para empleados continúa siendo anual, del 1 de enero al 31 de diciembre, y el impuesto sigue sujeto a retención por parte del patrono.

La tarifa del ISR para empleados NO cambia: se mantiene el 5% sobre renta imponible hasta Q300,000 y el 7% sobre el excedente, según la escala vigente para rentas del trabajo.

Para los trabajadores, esto puede reducir la renta imponible sujeta a ISR. Para los patronos, implica una actualización inmediata de los cálculos de retención. Para efectos de cumplimiento, el punto crítico será aplicar correctamente la nueva deducción desde la entrada en vigencia indicada en el decreto y documentar adecuadamente la conciliación anual.

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